Pocas obras digitales están hechas solo por su autor. Usan bibliotecas de código ajeno, una tipografía comprada o descargada, imágenes de un banco, datos públicos. Cada una de esas capas tiene su licencia, y las licencias no siempre se llevan bien entre ellas. Una sola puede condicionar la distribución o explotación de una parte relevante, aunque su efecto no se extiende automáticamente a todas las capas independientes.
Dos conflictos posibles
El primero está en la tipografía. Una licencia de escritorio permite diseñar e imprimir, pero no necesariamente usar la fuente en una web, incrustarla en una aplicación o entregar el archivo a otro. Una obra interactiva que muestra texto en pantalla puede estar usando una tipografía para un uso que su licencia no permite.
El segundo está en el código. Si se transmite software cubierto por la GPL, la licencia impone obligaciones sobre el código correspondiente y los derechos del destinatario. Que esas obligaciones alcancen al código propio o a toda la obra depende de si existe un programa combinado o una mera agregación; no basta con que dos elementos se entreguen juntos. La licencia MIT permite uso, modificación y distribución, incluida la comercial, pero exige conservar el aviso de copyright y el texto de la licencia en las copias o partes sustanciales del software.
La ausencia de una resolución pública específica sobre una obra artística no permite concluir que no existan controversias. Las obligaciones nacen de las licencias y los contratos, y pueden discutirse mediante reclamaciones privadas, retiradas de contenido o acuerdos sin resolución publicada.
Más capas que código y tipografía
Una auditoría mínima debe incluir también imágenes, sonido, vídeo, datos, modelos de IA, complementos, plantillas y servicios. Para cada capa hay que registrar titular, procedencia, licencia, versión, atribución, ámbito territorial, duración y restricciones. Publicidad, privacidad, derechos de imagen, marcas y protección de datos pueden añadir límites que una licencia de copyright no resuelve.
El precedente: separar el contenido del software
Creative Commons resolvió una parte del problema al separar dos mundos. Sus licencias sirven para imágenes, textos y sonidos, y la propia organización recomienda no usarlas para software ni hardware, sino una licencia de software libre estándar. Con esa distinción, quien hace una obra sabe al menos qué tipo de licencia aplicar a cada capa.
Pero el precedente es una recomendación, no una regla, y no resuelve la compatibilidad entre todas las licencias, ni los derechos de marca, privacidad o imagen que puedan afectar a los materiales.
Compatibilidad no significa uniformidad
No es necesario imponer una sola licencia a todo. Puede haber una licencia para el código, otra para imágenes y sonido, y condiciones contractuales para la obra o su edición. Lo importante es que puedan coexistir y que la persona receptora sepa qué derechos obtiene sobre cada elemento.
Antes de publicar o vender conviene responder: ¿se distribuye el software o solo se ejecuta?, ¿se incrusta la tipografía?, ¿los datos pueden redistribuirse?, ¿la atribución cabe en la interfaz?, ¿el comprador puede recibir las dependencias?, ¿qué ocurre si una licencia o un servicio desaparece?
La obra como suma de capas
A mi juicio, el problema de las licencias es un caso particular de una idea que vengo defendiendo en este cuaderno: una obra digital es inseparable de las infraestructuras que la componen, y cada una tiene su dueño. Saber qué licencia tiene cada capa no es burocracia: es saber de quién depende la obra.
El remedio práctico es hacer, antes de vender o publicar, un inventario de capas con la licencia de cada una. Lo explico en las guías sobre licencias de código y licencias tipográficas.
Sobre la conversación abierta
Este texto separa los datos de mi interpretación y no es asesoramiento jurídico. Si trabajas con código, tipografías o datos en tu obra y quieres precisar un dato o discutir esta lectura, este cuaderno sigue abierto: escríbeme.
Relación del autor con los casos
No existe una relación económica, profesional o de colección con las personas, empresas e instituciones citadas.
