Territorio, decisión y transparencia en la política cultural provincial. De la serie iniciada en «Contra la vida optimizada».
Advertencia inicial
Este texto se construye solo con información pública accesible: la publicada por la Diputación de Málaga en su web y la localizada en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y el Boletín Oficial de la Provincia. No he presentado solicitudes de acceso a la información, como sí hice en otra investigación sobre un ayuntamiento concreto. Eso significa que lo que aquí se afirma no es «la Diputación no hace tal cosa», sino algo más limitado y, para el argumento, más pertinente: «tal cosa no puede reconstruirse con la información pública localizada en las fuentes consultadas». La distinción no es un tecnicismo. Es el asunto mismo del texto.
Dos textos anteriores de esta serie miraron el mercado del arte y la cultura de Málaga capital. Este mira la provincia y con una pregunta distinta: cuando la Diputación lleva cultura a los pueblos, ¿quién decide qué cultura llega a cada uno, y con qué reglas? Es la pregunta por la decisión, no ya por la duración. Y la respuesta que ofrece la documentación pública localizada es, en sí misma, el hallazgo: no puede reconstruirse.
Empecemos por lo que sí existe, porque no se trata de negar la actividad cultural de la Diputación. La institución mantiene una programación documentada en distintos municipios y espacios provinciales. Tiene un catálogo, Culturama, con su versión 2025-2026 y un catálogo de artistas, organizado por música, artes escénicas, folclore, fomento de la lectura, formación, audiovisuales y propuestas expositivas. Tiene una programación que viaja a los municipios bajo la etiqueta «Culturama en gira»: un circo en Coín, presentaciones literarias en Canillas de Albaida o Serrato, teatro y música repartidos por municipios como Ronda, Benaoján, Algatocín, Ardales, Cortes de la Frontera, Yunquera o Totalán. Tiene una programación centralizada en sus espacios de la capital y de Antequera. Y tiene un premio, el Antonio Garrido Moraga, con cinco galardones de tres mil euros. Existe, por tanto, una actividad cultural provincial documentada, desarrollada tanto en espacios propios como en distintos municipios.
Lo que no he podido localizar con la misma claridad son las reglas que ordenan el acceso, la selección y la distribución territorial de esa programación.
La Diputación puede canalizar recursos y actividad por otras vías: la programación directa del catálogo, las subvenciones nominativas (dirigidas a beneficiarios determinados sin una convocatoria competitiva) o los convenios. Ninguna de esas vías tiene por qué aparecer como convocatoria competitiva, porque no lo son. Pero lo que aparece con mayor claridad en la información accesible es una programación articulada mediante catálogos, agendas y actividades concertadas, no una convocatoria abierta con baremación y resolución colectiva. Sin una serie presupuestaria y documental completa no puede determinarse cuál de las vías concentra más recursos; pero sí puede observarse una diferencia decisiva: la documentación pública localizada sobre la programación por catálogo no permite reconstruir quién propone, selecciona, aprueba y financia cada actividad.
Una convocatoria competitiva deja, al menos formalmente, un rastro documental: bases, crédito disponible, criterios, solicitudes, resolución y cantidades concedidas; un rastro que permite examinar unas reglas y contrastarlas con el resultado. Eso no la hace por sí sola sustantivamente justa, porque una convocatoria puede tener criterios vagos o valoraciones discrecionales, pero la hace examinable públicamente. La concurrencia competitiva no es, sin embargo, la única vía capaz de producir esa trazabilidad: los convenios, los encargos, los catálogos y los programas de cooperación municipal también pueden acompañarse de criterios públicos de acceso, selección, financiación y distribución territorial. Lo que este texto echa en falta no es un instrumento concreto: es que cualquiera de ellos venga con sus reglas publicadas.
Esa es la pregunta para la que no he encontrado respuesta en la documentación pública consultada. Cuando «Culturama en gira» lleva un espectáculo a Coín y no otro, ¿quién lo eligió? ¿Lo pidió el ayuntamiento de Coín de un catálogo cerrado? ¿Lo propuso y la Diputación aceptó? ¿Se lo asignó la Diputación sin que Coín interviniera? ¿Hubo más municipios que lo querían y se decidió por algún criterio, o por ninguno público? La ficha oficial del espectáculo lo dice todo sobre la compañía, la duración y la hora, y no informa sobre una cuestión relevante para la rendición de cuentas: cómo llegó esa actividad a ese pueblo y no a otro. Lo mismo con el catálogo entero. La oferta está publicada; la regla de reparto no aparece en la documentación localizada.
La diferencia relevante no está simplemente entre programar y convocar, sino entre disponer o no de información pública suficiente para reconstruir cómo se distribuye la decisión. Una convocatoria con bases y resolución deja un rastro formal que permite ver quién pidió qué y con qué criterio se concedió. Un catálogo o un programa concertado también podría producir una trazabilidad equivalente si publicara sus criterios de acceso, selección, financiación y distribución territorial; en las páginas consultadas sobre Culturama no he localizado ese rastro.
Tampoco puedo sostener que la Diputación imponga su criterio a los municipios y puede que muchos ayuntamientos elijan con libertad de un catálogo amplio; tampoco puedo sostener lo contrario. Con la información pública, esa pregunta no tiene respuesta, y que no la tenga ya es significativo. Podría ser una elección municipal amplia dentro de un catálogo abierto, una petición libre del ayuntamiento, una negociación, una asignación decidida en la capital, o cualquier combinación. La documentación accesible no permite saber cómo se distribuye ese poder entre la Diputación y los municipios: quién propone, quién elige, quién aprueba y conforme a qué criterios se asigna cada actividad. Y esa indeterminación tiene una consecuencia pública: impide examinar cómo se distribuye la capacidad de decisión.
Cuando una política cultural distribuye actividad por todo un territorio, pero la información pública localizada no permite reconstruir las reglas de ese reparto, la confianza ocupa el lugar de la verificación. La distribución puede responder a criterios consistentes y equitativos, pero la documentación consultada no permite examinarlos ni contrastarlos con sus resultados. La falta de trazabilidad no demuestra que se decida mal; impide evaluar públicamente cómo se decide.
Lo que pediría a una política cultural provincial no es necesariamente más actividad. Es que la actividad venga acompañada de reglas públicas: convocatorias competitivas cuando sean el instrumento adecuado y, para la programación mediante catálogo, criterios públicos de acceso, selección, financiación y distribución territorial; una relación homogénea y comparable de las actividades y los recursos destinados a cada municipio; e indicadores que permitan conocer la continuidad y los resultados de la programación. Nada de eso exige reemplazar el catálogo ni reducir la programación; solo hacer públicas las reglas que la ordenan. La capacidad de decidir qué actividad llega a cada municipio, con qué financiación y mediante qué procedimiento debería poder examinarse desde fuera.
Mientras esa información no resulte accesible, la pregunta del título seguirá sin una respuesta verificable. No porque pueda afirmarse que las decisiones sean arbitrarias o injustas, sino porque la documentación localizada no permite conocer los criterios aplicados ni contrastarlos con sus resultados.
Sobre la conversación abierta
Este texto cierra la serie iniciada en «Contra la vida optimizada» y desplaza la mirada de la capital a la provincia. Se ha construido solo con información pública accesible de la Diputación de Málaga, la Base de Datos Nacional de Subvenciones y el Boletín Oficial de la Provincia. La documentación localizada hasta el 21 de septiembre de 2026 permite conocer una programación cultural publicada y distribuida entre distintos municipios y espacios provinciales, pero no reconstruir de forma completa cómo se distribuyen entre la Diputación y los municipios las capacidades de proponer, seleccionar, aprobar y financiar cada actividad. No he presentado solicitudes de acceso a la información; ese sería el paso siguiente para profundizar en lo que las fuentes publicadas no permiten determinar. Si trabajas en la gestión cultural municipal, el derecho administrativo o la cooperación con la Diputación, este cuaderno sigue abierto.
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Fuentes
Investigación realizada con información pública accesible, sin solicitudes de acceso a la información. Fecha de consulta: 21 de septiembre de 2026.
Diputación de Málaga: sección de Cultura (malaga.es), donde la única convocatoria competitiva de subvenciones culturales localizada en la sección consultada corresponde a 2013; catálogo Culturama 2025-2026 y catálogo de artistas 2024-2026; agenda y programación «Culturama en gira» y de los espacios provinciales (Centro Cultural María Victoria Atencia, Biblioteca Provincial Cánovas del Castillo, Centro Cultural de la Generación del 27, MAD de Antequera); Premio a la Cultura Malagueña Antonio Garrido Moraga, edición 2026 (cinco premios de 3.000 euros, sin pesos numéricos publicados para sus criterios).
Base de Datos Nacional de Subvenciones (Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas): consulta por órgano concedente «Diputación Provincial de Málaga» y finalidad cultural, 2021-2026, sin que la consulta realizada, con los filtros y términos empleados, devolviera convocatorias competitivas culturales dirigidas a municipios, entidades o creadores.
Boletín Oficial de la Provincia de Málaga: en la consulta realizada para 2021-2026 no se localizaron edictos identificables como bases o convocatorias competitivas de subvenciones culturales de la Diputación Provincial, ni resoluciones colectivas de beneficiarios asociadas. Sí consta el Plan Estratégico de Subvenciones 2020-2022, anualidad 2021 (edicto 5646/2021, 21 de junio de 2021), que es un plan general de subvenciones de la institución, no una convocatoria cultural.
Nota: la ausencia de estos instrumentos en los resultados obtenidos significa que no se localizaron mediante las fuentes, filtros y términos consultados, no que pueda afirmarse que no existan o que la Diputación no canalice apoyo cultural por otras vías. Las subvenciones nominativas, los convenios y la programación directa no tienen por qué aparecer como convocatorias competitivas. El presupuesto global de la Diputación no equivale a su presupuesto cultural y no se ha utilizado como tal.
