Ilustración en tonos papiro y grafito, de estética poligonal. Dos manos de piedra se pasan una caja de archivo sobre una mesa; aparte, un pequeño documento sellado y atado que ninguna de las dos sostiene.

Cuaderno público

Entregar un archivo editable o un máster: qué derechos se ceden y cuáles no

El archivo y los derechos viajan por caminos distintos, y casi todos los conflictos nacen de confundirlos. Un diseñador entrega el archivo editable de un catálogo y el cliente cree que puede cambiarlo a su gusto. Un artista vende una obra digital y el comprador espera recibir el máster. Un ilustrador comparte el modelo de IA que ajustó con su estilo y quien lo recibe no sabe si puede usarlo.

Qué dice la ley

La Ley de Propiedad Intelectual exige interpretar cada entrega y cada cesión según el contrato. Los artículos 43 a 45 limitan la transmisión a los derechos, modalidades, tiempo y territorio pactados y exigen formalización escrita. Recibir el soporte o el archivo tampoco transmite por sí solo los derechos de explotación, conforme al artículo 56.1. La transmisión de derechos debe pactarse por escrito, y solo vale para lo pactado: qué derechos, para qué usos, durante cuánto tiempo y dónde. Un encargo profesional no supone cederlo todo, y la ley no obliga a entregar los archivos fuente por el hecho de haber pagado un trabajo.

La ley no contiene una regla general que obligue a entregar los archivos fuente por haber pagado el encargo. La obligación puede nacer del contrato, de la finalidad acordada o de circunstancias específicas, pero no debe confundirse con la cesión de derechos. La ausencia de una cláusula clara traslada el conflicto a la interpretación del encargo.

Editable, máster y copia final no son sinónimos

Un editable permite continuar el proceso de trabajo: un archivo con capas, un proyecto de vídeo, una maqueta de publicación o un repositorio. Un máster es una versión aprobada de alta calidad desde la que se generan derivados. La copia final es el archivo preparado para un uso concreto. Entregar uno no implica entregar los otros.

El contrato debería nombrar cada elemento, su formato, versión, función y fecha. También debe aclarar si se incluyen tipografías, imágenes enlazadas, complementos, bibliotecas, modelos, datos, contraseñas o licencias. Algunos recursos no pueden redistribuirse aunque formen parte del proceso.

El caso nuevo: los modelos ajustados

La inteligencia artificial ha añadido un tipo de archivo. Un adaptador, como un LoRA, contiene los ajustes que se hicieron a un modelo de IA con un conjunto de imágenes, por ejemplo la obra de un artista. Pero no funciona solo: necesita el modelo de partida. Y lo que se puede hacer con él depende de la licencia de ese modelo, de los datos usados y de la plataforma. Entregar un adaptador sin aclarar todo eso es entregar un archivo que quizá no se pueda usar, o no se pueda usar legalmente.

Qué usos deben pactarse

Además de identificar el archivo, hay que precisar qué puede hacer quien lo recibe:

  • Archivar y realizar copias de seguridad.
  • Modificar o adaptar.
  • Imprimir, publicar, exhibir o distribuir.
  • Entregar a otra persona profesional.
  • Migrar a otro formato o entorno.
  • Reutilizar elementos en proyectos distintos.

La entrega puede incluir una licencia limitada sin cesión total, o una cesión de determinados derechos. Los derechos morales no se transmiten del mismo modo que los de explotación. Las licencias de terceros y los datos personales conservan sus propias condiciones.

El precedente: lo que piden los museos

Los museos que adquieren obra digital han encontrado una respuesta práctica. Sus protocolos de adquisición, como los de Matters in Media Art, piden expresamente los archivos fuente cuando proceden, los ejecutables, las dependencias, la documentación, los derechos que se ceden, una copia para exponer y las condiciones de conservación. Nada se da por supuesto: cada elemento se nombra.

El límite es que esos protocolos solo obligan a quien los usa. El mercado privado, donde se hace la mayor parte de los encargos y las ventas, sigue funcionando con acuerdos verbales o con facturas que no dicen qué se entrega.

Cómo documentar la entrega

Un manifiesto reduce ambigüedades. Debe enumerar archivos y carpetas, tamaños, formatos, versiones, sumas de verificación, software necesario y licencias. Conviene registrar por separado lo entregado, lo no entregado y lo que debe obtenerse de terceros. Si se corrige un archivo, no se sobrescribe silenciosamente: se crea una versión nueva y se conserva el historial.

Nombrar cada elemento

A mi juicio, el problema es de lenguaje antes que jurídico: se dice «el archivo» o «la obra» como si fueran lo mismo que «los derechos». La solución del museo, nombrar cada elemento por separado, es la que debería copiar cualquier encargo o venta. Lo explico en las guías sobre archivos editables, encargar diseño gráfico y entrenar un modelo con tu propia obra.

Sobre la conversación abierta

Este texto separa los datos de mi interpretación y no es asesoramiento jurídico. Si haces encargos de diseño, vendes obra digital o trabajas con modelos ajustados y quieres precisar un dato o discutir esta lectura, este cuaderno sigue abierto: escríbeme.

Relación del autor con los casos

No existe una relación económica, profesional o de colección con las personas, empresas e instituciones citadas.

Fuentes


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