Mucho del software que usamos está escrito por programadores que publican su código bajo licencias abiertas. Una condición frecuente de esas licencias es que las copias y obras derivadas conserven la licencia, el nombre del autor y el aviso de derechos. El reconocimiento forma parte del intercambio que permite reutilizar el código.
Un grupo de programadores demandó en Estados Unidos a GitHub, Microsoft y varias entidades de OpenAI. Sostenían que Copilot y Codex se habían entrenado con proyectos publicados en GitHub y podían devolver fragmentos idénticos o casi idénticos a su código sin la información de autoría y licencia que los acompañaba. Alegaron que esa omisión infringía la sección 1202(b) de la Digital Millennium Copyright Act, recogida en el título 17 del Código de Estados Unidos.
El 16 de septiembre de 2026, el Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito confirmó la desestimación de esa reclamación. Admitió que los demandantes habían alegado un riesgo de daño suficiente para tener legitimación, pero concluyó que su teoría sobre las salidas no describía la retirada o alteración de información de gestión de derechos de una copia existente.
La resolución deja fuera tres cuestiones relevantes:
No decide si la retirada de información durante la preparación de los datos de entrenamiento podría infringir la sección 1202(b). Los demandantes habían esbozado esa teoría sobre las entradas, pero el tribunal consideró que la habían perdido procesalmente al no sostenerla con claridad ante el juzgado de primera instancia.
Tampoco decide si una salida de Copilot sustancialmente similar a código protegido podría constituir una infracción ordinaria de derechos de autor. El tribunal dijo expresamente que no se pronunciaba sobre ello.
Por último, las dos reclamaciones contractuales vinculadas a las licencias abiertas permanecen pendientes en el juzgado. La decisión resuelve la vía concreta de la información de gestión de derechos, no el litigio completo.
Interpreto que la norma invocada protege información que viaja unida a una copia: el nombre del autor, el aviso de derechos o las condiciones de uso. Sus ejemplos más claros son borrar los metadatos de un archivo, recortar el crédito de una fotografía o eliminar la página que identifica la autoría.
Los sistemas generativos tensan ese esquema porque sus salidas no siempre conservan la relación documental entre la obra utilizada y el resultado producido. Según la lectura del Noveno Circuito, la mera ausencia del nombre en una salida nueva no basta para demostrar que alguien lo retiró. Hace falta identificar una copia y una operación sobre la información que la acompañaba.
De ahí surge una dificultad para las licencias abiertas. Su condición de atribución funciona con claridad cuando el código se copia, modifica o redistribuye mediante una cadena reconocible. Cuando un sistema genera una salida a partir de patrones aprendidos, la reclamación basada en la sección 1202(b) depende de algo más que la semejanza y la falta de crédito. Esta sentencia no convierte en lícito el entrenamiento sin atribución ni resuelve la posible infracción de las salidas; delimita una causa de acción concreta.
Para los demandantes permanece la vía contractual. Si quienes utilizaron el código aceptaron una licencia que imponía condiciones de atribución y después las incumplieron, esa disputa deberá resolverse con las reglas del contrato y con los hechos que todavía siguen ante el juzgado.
Sobre la conversación abierta
Este texto continúa la línea del Cuaderno sobre autoría, atribución e inteligencia artificial. Parte de la lectura íntegra de la sentencia y distingue la cuestión decidida de las que el tribunal dejó abiertas. Si trabajas en derecho de autor, software libre o sistemas generativos y puedes corregir o precisar la lectura técnica o jurídica, escríbeme.
Fuentes
Electronic Frontier Foundation, comentario de la sentencia, 16 de septiembre de 2026. La EFF intervino como amicus curiae junto con Public Knowledge en apoyo de la interpretación finalmente acogida.
Orrick, comunicado sobre la sentencia, 18 de septiembre de 2026. El despacho representó a GitHub y Microsoft.
