Presido una fundación pequeña, y todo lo que viene a continuación podría leerse como la queja de alguien a quien le cuesta demostrar lo que hace, así que empiezo concediendo lo que hay que conceder.
La exigencia de medir es razonable y, en buena parte, es una conquista. El dinero público y el privado tienen que justificarse, y “hacemos mucho bien” no es un informe. Durante años, el sector cultural y social se defendió con una retórica del impacto tan vaga que servía para amparar programas inútiles, cargos superfluos y actividades que no le pasaban a nadie. Que ahora haya que decir qué se hizo, con qué dinero, para cuánta gente, y si se cumplió lo prometido, es sano. No quiero volver a antes.
Dicho eso, hay una diferencia entre dos cosas que los formularios mezclan, y en esa diferencia se decide bastante.
La ley de fundaciones pide algo modesto y sensato. Que en la memoria anual consten las actividades, los recursos empleados, su procedencia, el número de beneficiarios y el grado de cumplimiento del plan que uno mismo presentó. El reglamento pide indicadores, sí, pero de una clase concreta: los que permitan comprobar el grado de realización de cada actividad o el grado de cumplimiento de los objetivos. Es decir: ¿hiciste lo que dijiste que ibas a hacer? Es una pregunta contestable, verificable y justa.
Las convocatorias piden otra cosa. Y aquí quiero citar literalmente, porque el literal es más elocuente que cualquier comentario mío. Las bases estatales del 0,7 % del IRPF, la gran convocatoria estatal del tercer sector, exigen aportar “indicadores de impacto que permitan medir el impacto que el programa puede, presumiblemente, tener”.
Hay que medir un impacto que la propia norma califica de presunto, y hay que hacerlo antes de que ocurra, al presentar la solicitud. El texto legal reconoce en su redacción que se trata de una presunción y exige de todos modos indicadores para cuantificarla. No lo señalo como error de técnica jurídica; lo señalo porque describe con exactitud la situación real de quien rellena ese apartado: se le pide un número para algo que todavía no ha pasado y que, cuando pase, tampoco vendrá con número.
Y hay un segundo dato que cierra el cerco: el plazo. La justificación se presenta en los tres meses siguientes al fin de la ejecución, con su memoria de actuación y los resultados obtenidos. Tres meses. De modo que el efecto de un programa, para poder alegarse, tiene que haberse manifestado dentro de esa ventana. Lo que tarde más no es que se valore menos: es que no cabe en el documento.
Veamos qué queda fuera. Una persona de cincuenta y tantos que entra por primera vez en un taller y descubre que puede pintar. Lo que le ocurre a esa persona, si le ocurre algo de verdad, se verá en dos años, o en cinco, o no se verá nunca de forma atribuible a nada. En la casilla del formulario esa persona es un uno en la columna de participantes, y en la memoria un porcentaje de satisfacción recogido en una encuesta al terminar la actividad. Todo lo demás —que haya cambiado su relación con lo que mira, que siga pintando cuando el programa acabó, que se lo cuente a alguien— es real y es inalegable.
Aquí es donde esto se junta con lo que investigo, y quiero decirlo con precisión porque es fácil exagerarlo. Sostengo, en un artículo escrito con Adolfo Cortés García, que lo decisivo no es que algo tenga valor, sino que exista un intervalo suficiente para que ese valor pueda llegar a afirmarse públicamente; la mecánica de esa afirmabilidad es aportación suya. Cuando el intervalo se comprime, lo que ocurre no es que el valor desaparezca: desaparece la posibilidad de sostenerlo. Un plazo de justificación de tres meses es exactamente una compresión de ese tipo. No hace inútiles los efectos lentos. Los hace indefendibles.
Y ahora la parte que le importa a quien financia, no a quien pide. El problema de un sistema así no es que sea injusto con las fundaciones; es que produce peores programas. La investigación sobre indicadores ha documentado un efecto que tiene nombre: cuando una organización sabe cómo va a ser medida, reorganiza su actividad para dar bien en la medida. No por cinismo, sino por supervivencia. Yo lo he visto en mi propio trabajo y lo digo como testigo, no como dato: el taller de una semana con cuarenta personas se defiende mejor que el acompañamiento de dos años con seis, y quien redacta un proyecto lo sabe antes de empezar a escribirlo. El sistema no está premiando el impacto: está premiando lo que se parece al impacto en el plazo en que hay que declararlo.
No pido una exención, y desconfío de quien la pide. Pido una distinción, que es más barata y más honesta. Justificar el dinero es una cosa: que cada euro esté acreditado, con sus facturas y su auditoría, y ahí la exigencia debería ser máxima. Demostrar el efecto es otra, y ahí caben formas mejores que la actual: admitir plazos de seguimiento más largos que el de la justificación económica, aceptar que una entidad declare qué dimensiones de su trabajo no considera cuantificables y por qué —y que esa declaración cuente como rigor y no como excusa—, y valorar la memoria de lo que se ha hecho sin obligar a inventarle un número a lo que aún no ha pasado.
Nada de esto se arregla desconfiando de la medición, que es una herramienta buena y necesaria. Se arregla recordando lo que un investigador del valor cultural escribió hace veinte años y que sigue siendo verdad: que el valor de la cultura no se puede expresar solo con estadísticas. Que no se pueda expresar del todo no significa que no haya que rendir cuentas. Significa que las cuentas que rendimos no son la cosa, y que el documento no debe confundirse con lo que pasó. Yo firmo esas memorias sabiendo que lo mejor que hemos hecho no está en ellas. Y sigo firmándolas, porque es lo que hay, y porque el día que dejemos de intentar contarlo no habrá dónde discutirlo.
Sobre la conversación abierta
Este texto está escrito desde la doble posición que ocupo: la de quien investiga las condiciones en que algo llega a poder afirmarse públicamente, y la de quien preside una fundación y firma sus memorias. No es una petición de exención, sino un intento de distinguir entre justificar el dinero, que debe ser exigente, y demostrar el efecto, que necesita plazos que hoy no existen. Si alguien quiere intervenir desde la gestión de fundaciones, la evaluación de programas, la administración que concede o la experiencia de quien participa en ellos, este cuaderno sigue abierto, y en este caso me interesa especialmente la voz de quien evalúa.
Fuentes
Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, arts. 12 y 25 (BOE).
Real Decreto 1337/2005, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal, art. 26 (BOE).
Ley 38/2003, General de Subvenciones, art. 30; Real Decreto 887/2006, Reglamento de la LGS, art. 72 (BOE).
Real Decreto 821/2021, bases reguladoras de las subvenciones del 0,7 % del IRPF, arts. 15, 20 y 21 (BOE, 2 de octubre de 2021).
Orden CUL/2912/2010, bases de las ayudas a la acción y promoción cultural, arts. 3 y 12 (BOE, 13 de noviembre de 2010).
Muller, Jerry Z. The Tyranny of Metrics. Princeton University Press, 2018.
Espeland, Wendy N. y Michael Sauder. “Rankings and Reactivity”. American Journal of Sociology 113(1), 2007, pp. 1-40. DOI: 10.1086/517897.
Strathern, Marilyn (ed.). Audit Cultures. Routledge, 2000. DOI: 10.4324/9780203449721.
Gregory, Ann Goggins y Don Howard. “The Nonprofit Starvation Cycle”. Stanford Social Innovation Review, otoño de 2009.
Belfiore, Eleonora y Oliver Bennett. The Social Impact of the Arts: An Intellectual History. Palgrave Macmillan, 2008. DOI: 10.1057/9780230227774.
Holden, John. Capturing Cultural Value. Demos, 2004.
Cortés García, Adolfo, y Juan A. Esteban Ruiz. Recognition and Surplus. Zenodo, 2026. https://doi.org/10.5281/zenodo.21630455
